Unión Europea
Por
Joaquín Ventura García
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portalveterinariagrupoasiscom/17/17/27
Última actualización 11/02/2009@10:08:22 GMT+1
La Unión Europea ha modificado el Reglamento (CE) 999/2001, por el que se establecen disposiciones para la prevención, el control y la erradicación de determinadas encefalopatías espongiformes transmisibles, como respuesta a un dictamen de la Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria (EFSA).
La Unión Europea ha endurecido las medidas de lucha contra la encefalopatías espongiformes transmisibles (EET) en pequeños rumiantes como reacción a un dictamen de la Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria (EFSA) que, el pasado noviembre, concluyó que la tembladera clásica puede transmitirse de la oveja a su cordero por medio de la leche o el calostro. Así mismo, el dictamen afirmaba que alimentar a personas u otras ovejas con leche o productos lácteos procedentes de animales infectados suponía un riesgo de exposición a las EET, incluida la encefalopatía espongiforme bovina.
Para evitar el peligro de transmisión por la leche, el Reglamento (CE) 103/2009 obliga al sacrificio de los animales de la raza ovina o caprina que sean positivos a tembladera clásica o sospechosos de padecer encefalopatía espongiforme bovina (aunque no se haya confirmado siquiera), así como los embriones, óvulos, leche y productos lácteos que hubiesen podido producir.