Por
Joaquín Ventura García
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portalveterinariagrupoasiscom/17/17/27
Última actualización 08/02/2010@11:46:34 GMT+1
La nueva norma simplifica los procedimientos para confeccionar listas de establecimientos y publicar información de interés en el ámbito veterinario y zootécnico, y traspone a la legislación española la últimas disposiciones de la Unión Europea.
El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto por el que se modifican algunas disposiciones de otros reales decretos, con el fin de incorporar al ordenamiento jurídico nacional la Directiva del Consejo, de 15 de julio de 2008, por la que se simplifican los procedimientos para confeccionar listas y publicar información en los ámbitos veterinario y zootécnico.
Mediante el nuevo Real Decreto se armonizan los procedimientos de registro, confección de listas y actualización, transmisión y publicación de las mismas, en lo que se refiere a los establecimientos zoosanitarios y en el ámbito zootécnico, y se introduce diversas modificaciones puntuales en las importaciones de esperma, óvulos y embriones a fin de minimizar los riesgos zoosanitarios.
Un aspecto de consideración es la obligación de hacer públicas a través de la página web del Departamento, las listas de centros de recogida y almacenamiento de esperma, óvulos y semen animal, y de los operadores comerciales de ganado bovino, ovino, caprino, porcino y aves de corral.